¿Qué es la “sociedad patrimonial” en Colombia y cuándo nace en parejas no casadas?
Sociedad patrimonial: bienes en unión de hecho
La sociedad patrimonial es el conjunto de bienes que se considera común entre una pareja que vive en unión marital de hecho, bajo ciertas condiciones. En Colombia, puede nacer cuando hay convivencia permanente y singular por un tiempo y se cumplen requisitos legales. Esto significa que bienes adquiridos durante la unión, con esfuerzo común, pueden ser repartidos si la relación termina. Un error común es pensar que “todo lo que está a mi nombre es solo mío”; si se prueba sociedad patrimonial, puede dividirse. También es error no documentar aportes: quien aporta dinero pero no queda en escrituras debe guardar pruebas. Para probar sociedad, se usan: fecha de inicio de convivencia, evidencia de vida en común, aportes, y adquisiciones durante ese periodo. Al liquidarla, se analiza qué bienes entran y cuáles son propios (por ejemplo, herencias, bienes anteriores). Este tema es crítico en separaciones. Si compras inmueble durante convivencia, entiende que puede afectar. También en casos de fallecimiento. La sociedad patrimonial protege a quien quedó desprotegido, pero también exige pruebas. Por eso la prevención es acordar y documentar. En conflictos, la liquidación puede ser notarial o judicial según caso. La clave es entender que convivencia tiene efectos patrimoniales. Conocerlo evita sorpresas y pleitos largos.